Dolores Santayana Giro,
Responsable de Proyectos de Grupo Neteman.
■ ¿Es lo mismo un certificado de profesionalidad expedido por el SPEE que un título de formación reglada otorgado por el Ministerio de Educación?
Capacitar, “hacer a alguien apto, habilitarlo para algo”. Según la Real Academia de la Lengua; Profesionalidad, “cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad con relevante capacidad y aplicación, actividad que se ejerce como una profesión”. Competencia: “pericia, aptitud, idoneidad para hacer algo o intervenir en un asunto determinado”.
En las competencias profesionales, la necesidad de acreditarlas y por tanto de formar para su logro, está el origen de los Certificados de Profesionalidad. El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), al cual sigue conociéndose de manera coloquial como INEM, puso en marcha en torno a 1995, estos certificados con el fin de acreditar a aquellos profesionales que, alejados del sistema tradicional de formación, contaban con la sabiduría de la experiencia adquirida a través de los años de ejercicio de una profesión. Es más, aquellos que no quisieran seguir los cauces habituales de la formación reglada tendrían en estos certificados la posibilidad de formarse de otra manera, para llegar a alcanzar una capacitación avalada por el propio Ministerio de Trabajo.
Aquellos certificados iniciales fueron numerosas veces revisados y otras tantas mejorados. Y nació, dentro del Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), instrumento técnico del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) cuya finalidad principal es capacitar a los trabajadores para el ejercicio profesional. El INCUAL define las Familias Profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones y las cualificaciones que se incluyen en cada una de estas familias.
El Real Decreto 1128/2003 de 5 de septiembre definió las cualificaciones profesionales como “el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación así como a través de la experiencia laboral”.
En la actualidad existe una relación necesaria entre los Certificados de Profesionalidad y las Cualificaciones Profesionales y todos los certificados de profesionalidad responden a una cualificación, pudiendo una misma cualificación dar lugar a uno o varios certificados. De esta manera entre ambos ministerios, educación y trabajo se aseguran de la correcta correspondencia entre el mercado laboral y la formación y experiencia necesaria para ser suficientemente competentes.
La expedición de los certificados de profesionalidad le corresponde únicamente a la administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, ya sean las Comunidades Autónomas o el SPEE.
Existen 26 familias profesionales, aunque aún no se han desarrollado todos los certificados profesionales de las cualificaciones que las componen. En conjunto estas 26 familias agrupan más de 400 cualificaciones profesionales en constante ampliación y más de 100 certificados de profesionalidad asociados.
Algunas familias profesionales están ampliamente desarrolladas como la agraria, que cuenta con 19 certificados de profesionalidad asociados a sus correspondientes cualificaciones y dos pertenecientes a la primera ordenación de la familia en 1996 y actualmente derogados. Otras familias, como las de sanidad o la de vidrio y cerámica, no cuentan hasta la fecha con ningún certificado, aunque sí se han publicado numerosas cualificaciones en ambas.
Si bien la lectura inicial de un certificado de profesionalidad puede resultar ligeramente incomprensible, basta con detenernos en su estructura para entender qué se proponen y cómo alcanzarlo. En el fondo, o en esencia, no son sino la descripción de un proceso productivo, el de un puesto de trabajo concreto ordenado por unidades de competencia que enumeran todas y cada una de las tareas y funciones a desarrollar de manera pormenorizada y detallista, describiendo así todo lo que el profesional que se precie debe saber hacer para ejercer su profesión. Por ello reúnen un sinfín de información valiosa, desde los puestos de trabajo que se pueden desempeñar hasta los lugares en los que trabajar, o las tareas y funciones que se le demandarán a ese profesional en el puesto. De toda esa descripción surge una formación necesaria distribuida en módulos formativos que acreditan a cada una de las unidades de competencia y que a su vez se desglosan en unidades formativas, con sus correspondientes índices de contenidos y que pueden llevarse a un aula, ya sea esta presencial, virtual, o a ambas. Siempre bajo estrictos controles en cuanto a los requisitos físicos de los espacios, de los formadores y los materiales a emplear.
Las mencionadas unidades de competencia a través de las que se articula cada certificado corresponden a la unidad mínima acreditable y se refiere al mínimo de competencias profesionales susceptible de reconocimiento y acreditación según lo previsto en el artículo 8º de la Ley Orgánica 5/2002. En función del grado de complejidad y responsabilidad de estas unidades de competencia a cada certificado se le asigna un nivel de cualificación de 1 a 3 según los niveles europeos de cualificación profesional. Cada unidad de competencia se divide en realizaciones profesionales y estas a su vez en criterios de realización.
La extensa lista de certificados de profesionalidad, publicados en el Boletín Oficial del Estado, ha llevado a empresas como la mía a especializarse en el desarrollo de los contenidos formativos que dan cobertura a todas las necesidades que se generan en cada uno de ellos. Partiendo de la metodología de trabajo del SPEE se trata de dotar de contenido práctico y teórico a todos estos certificados a través de un equipo de trabajo compuesto por numerosos profesionales: desde expertos en la materia correspondiente hasta psicólogos, pedagogos, educadores, diseñadores, etc. que analizan las competencias profesionales y las traducen en conocimiento y formación. Estos contenidos, son estructurados y organizados en base a dos premisas básicas: su correspondencia con la realidad laboral y la necesidad de que estén orientados y diseñados desde un punto de vista pedagógico. Cada unidad formativa se compone de capacidades y estas de criterios de evaluación. De las capacidades y sus criterios surge el índice de contenidos que debe impartirse en la formación contando con profesionales de la materia con la suficiente experiencia docente.
A lo largo de todos estos años siempre surge la misma pregunta con respecto a los certificados de profesionalidad: ¿Es lo mismo un certificado de profesionalidad expedido por el SPEE que un título de formación reglada otorgado por el Ministerio de Educación? La respuesta es que no existe esa correspondencia en cuanto a homologación entre unos y otros, pero sí es cierto que podría darse en algunos casos si los contenidos trabajados y las realizaciones profesionales correspondieran a las mismas unidades de competencia. De cualquier modo, la inclusión en el mercado de trabajo actual de todos los profesionales en edad de trabajar pasa por su correcta formación y adecuación a un puesto de trabajo, que si cuenta con una formación reconocida por su sector profesional y acreditada por los órganos competentes le proporcionará una mayor garantía de permanencia y estabilidad en su profesión.
Un comentario
Certificados de Profesionalidad
1 enero 2011 at 18:33
Buen repaso por la pequeña historia de este certificado que en mi opinión le queda mucho camino por recorrer, en cuanto a popularizarse y a coger valor social, porque será el medio para reconocer todas las valiosas habilidades que se adquieren en el mundo laboral.
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