Permiso de trabajo para trabajadores altamente cualificados
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Redacción30 abril 20196min
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La Ley 14/2013, de apoyo al emprendimiento y a su internacionalización, con el objetivo de impulsar la competitividad y el crecimiento económico, establece un régimen especial que facilita y agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia para ciudadanos extranjeros considerados como profesionales altamente cualificados. ¿Cuáles son los requisitos para que las empresas se beneficien de este régimen? ¿Qué se entiende por trabajador “altamente cualificado”? A continuación, abordamos estas cuestiones y os contamos unos casos de éxito ganados por nuestro equipo de GD Global Mobility.

La atracción del talento extranjero fue uno de los objetivos clave de la Ley 14/2013, con la que se pretendía cambiar la política migratoria en España, centrada casi en exclusiva en la situación nacional del mercado laboral, estableciendo un vínculo entre la inmigración y la cualificación profesional.

Inmigración cualificada en cifras

Según datos del Portal de Inmigración del Ministerio Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, casi 7.000 extranjeros tienen autorizado residir y trabajar en España por su alta cualificación. En total, más de 14000 extranjeros tienen una autorización de residencia y trabajo en España por razones de interés económico.

La citada Ley regula la entrada y permanencia en España por razones de interés económico de aquellos extranjeros que acrediten ser inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, y también trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

No se aplica a los ciudadanos de la Unión y a aquellos extranjeros a los que les sea de aplicación el derecho de la UE por ser beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?

Para beneficiarse de este régimen especial de obtención de permiso de residencia y trabajo para personal altamente cualificado, la ley (art. 71) exige que la empresa establecida en España reúna determinados requisitos relacionados con alguno de los siguientes supuestos:

1) el número de trabajadores (más de 250 durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud); un volumen de negocios superior a 50 millones de euros; inversión bruta media anual (no inferior a 1 millón de euros en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud); valor del stock inversor o posición superiores a 3 millones de euros; o, pertenencia, en el caso de PYMES, a un sector considerado estratégico acreditado mediante informe de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

2) formar parte de un proyecto empresarial que suponga un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo; mantenimiento del empleo; una inversión extraordinaria con impacto socioeconómico; la concurrencia de razones de interés para la política comercial y de inversión de España; o, que suponga una aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

3) Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.

Casos de éxito GD Global Mobility

Recientemente, el equipo de GD Global Mobility ha ganado 7 casos en vía administrativa de extraordinaria relevancia práctica, ya que sienta las bases para futuras solicitudes de permisos de residencia para profesionales altamente cualificados por parte de empresas españolas consideradas del sector estratégico.

Para ponernos en antecedentes, hay que decir que la Administración, decidió establecer sus propios límites excesivamente rígidos para considerar a un profesional “altamente cualificado”, exigiendo una serie de requisitos no contemplados en la citada ley (relativos a la ocupación, salario, entre otros).

En la práctica, esto perjudicaba a muchas empresas que, aunque cumplían los requisitos previstos en la norma, sus solicitudes de autorización de residencia inicial para profesionales altamente cualificados eran constantemente rechazadas.

Estos fueron los casos de una empresa del sector estratégico que quería contratar a unos ingenieros informáticos extranjeros para trabajar en su empresa situada en España y que, gracias a los recursos presentados por nuestro equipo ante la Secretaría General de Inmigración y Emigración, esta tuvo que revisar sus criterios, emitiendo nuevas resoluciones, en este caso favorables, para los intereses de nuestro cliente.

Para Jordi Roca, director de GD Global Mobility, “estas resoluciones garantizan una mayor confianza y seguridad jurídica a las empresas que quieran contratar a profesionales altamente cualificados a través de este régimen privilegiado previsto en la Ley de emprendimiento”.

Si tu empresa se encuentra en esta situación y necesita contratar a profesionales extranjeros, no dudes en contactar con nuestro equipo de profesionales para obtener el mejor asesoramiento.


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