Recientemente acaba de ver la luz la Norma UNE 19604, cuyo objeto es el de especificar los requisitos y proporcionar las directrices para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar un sistema de gestión del compliance sociolaboral eficaz y alineado con la legislación sociolaboral española y los compromisos auto impuestos por la organización.
Como explica Ester Alonso, Vocal de CTN-UNE 165/SC 7 y Labor Relations Corporate Director de Logista, el espíritu de la norma es que su redactado aporte las bases y la operativa para, en un contexto de hiper regulación normativa, crear una cultura de compliance sociolaboral en las organizaciones segura y eficiente, tanto desde la perspectiva estructural, como estratégica y sostenible.
La norma es aplicable a toda clase de organizaciones, independientemente del tipo, tamaño y naturaleza de su actividad, sean de sector privado o público y con o sin ánimo de lucro, si bien en las organizaciones públicas alcanza exclusivamente a su personal laboral.
En concreto, el contenido de la norma abarca los siguientes ámbitos:
- El ejercicio de los derechos constitucionales en la organización y, en particular, de los relativos a:
- la igualdad y la no discriminación;
- la tutela de colectivos especialmente vulnerables, con especial atención a la discapacidad.
- La relación individual de trabajo y, en particular:
- el acceso al empleo;
- las modalidades contractuales;
- los derechos y deberes laborales básicos;
- el salario;
- el tiempo de trabajo;
- la prestación laboral y el lugar de trabajo;
- la modificación de las condiciones de trabajo;
- la suspensión y las vicisitudes del contrato de trabajo;
- la extinción del contrato de trabajo.
- Las relaciones colectivas de trabajo y, en particular, a:
- la libertad sindical;
- la información, la consulta y la participación de los representantes de los trabajadores;
- las medidas de conflicto colectivo de trabajo;
- la negociación colectiva laboral.
- La protección social y, en particular, a:
- las prestaciones de la Seguridad Social;
- las mejoras voluntarias;
- los sistemas de previsión social complementaria.
- Cualquier otra obligación sociolaboral que la organización se obligue a cumplir.