Análisis del nuevo sistema para la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal

Maite Sáenz5 abril 20235min
El Real Decreto 1060/2022 y la Orden ISM/2/2023 introducen cambios en el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal que vienen a subsanar los problemas que ocasionaban a las empresas los retrasos o no entrega de los partes de baja por parte del empleado. A partir del 1 de abril, fecha en la que ha entrado en vigor la nueva normativa, el trabajador ya no tiene que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa.

 

En el Webinar “Nuevo procedimiento para la gestión de los partes de baja en las empresas”, organizado conjuntamente por ORH y Cegid, Joaquín Castiella, socio director de Grupo Lexa, analizó el nuevo procedimiento a seguir en la tramitación de los partes de baja, confirmación y alta, los cambios introducidos en los modelos de partes de baja, las nuevas vías que tendrán las empresas para conocer los partes médicos y la versión actualizada de los ficheros FDI y FRI. Su intervención fue complementada por Silvia Ayala, consultora de Nómina y RR.HH. de Cegid, quien ha explicó cómo el uso de la tecnología puede ayudar a gestionar este nuevo procedimiento legal con todas las garantías posibles.

Como puesta de contexto inicial, Joaquín Castiella quiso llamar la atención sobre los pros y los contras de este cambio en la normativa laboral porque, a su juicio, si bien solventa los problemas de recepción de los partes de baja, suma otros inconvenientes distintos.

  • Dificultad para la empresa de conocer la ausencia del trabajador, lo cual repercutirá directamente en su organización del trabajo.
  • Ello hará que cobre especial relevancia establecer en los convenios colectivos o en los contratos de trabajo una cláusula en la que se recoja la obligación del trabajador de poner en conocimiento del empleador sus ausencias. “Una cosa es el deber de entregar el parte y otra muy distinta el deber de informar”, ha afirmado.
  • También puede existir un problema si las entidades emisoras de los partes médicos se retrasan en remitirlo al INSS, pudiendo existir un decalaje de incluso 10 días. Por ese motivo, será esencial que la comunicación por parte del INSS sea inmediata y en tiempo real.

 

Los nuevos modelos de partes médicos introducidos por la Orden ISM/2/2023 se utilizarán en los procesos de IT que estén en curso y no hayan superado los 365 días de duración tras su entrada en vigor, es decir, a partir del 1 de abril de 2023.

 

En cuanto al procedimiento de comunicación del INSS, el experto laboralista advirtió que conviene tener en cuenta:

  • El Servicio Público de Salud (SPS) mecaniza los partes y esta mecanización depende tanto del grado de informatización como de sus procedimientos.
  • Una vez mecanizados los partes por parte del SPS el INSS, cada noche, actualiza sus BBDD.
  • Al día siguiente las empresas pueden descargarse el fichero FIE/FIER actualizado.

Y finalmente, sobre el retraso en los partes de IT por parte del Servicio Público de Salud admitió que es difícil de corregir al tratarse de administración autonómica. No toda la administración cuenta con el mismo grado de informatización, que depende de la ubicación y de sus procedimientos. Por ejemplo, en el caso de Galicia el entorno rural en el que desempeñan su trabajo los médicos y en los que no cuentan con cobertura de internet, conlleva que los partes se mecanicen X días a la semana y no de forma inmediata. No obstante, el INSS cuenta con convenios que permiten penalizar el retraso de la mecanización de los partes por parte del SPS.

Además, en el caso de las bajas largas, el INSS demoraba mucho tiempo en comunicar si hay alta, prórroga o se inicia expediente de incapacidad, lo que generaba dudas entorno a la fecha de alta y baja del trabajador. Sin embargo, con los nuevos campos “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones desempeñadas por el trabajador” parece que este problema se soluciona ya que los mismos contribuirán a facilitar el trámite de las IT e IP.

Si quieres conocer en detalle el nuevo procedimiento en el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal te invitamos a acceder al video completo de la sesión.

 


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