El uso del teléfono móvil privado en horario laboral podría ser objeto de sanción

  07/02/2024
  3 min.
El uso del teléfono móvil privado durante la jornada laboral podría ser objeto de sanciones disciplinarias por parte de la empresa si ésta ha comunicado al trabajador la prohibición expresa de dicho uso y aquél la transgrede. Así ha sucedido y así ha sido ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en el caso de una vigilante de seguridad en la empresa Tabisa (Transportes Blindados SA) que consultó su móvil personal durante 30 minutos en un periodo de 45 minutos mientras desempeñaba sus tareas pese a conocer la normativa corporativa la respecto. Como consecuencia, le aplicó una suspensión de empleo y sueldo de 30 días que ha sido confirmada por distintas instancias judiciales hasta llegar al TSJC.  

Tal y como recoge Economist & Jurist, la sanción le fue comunicada por escrito aplicándosele el concepto de falta muy grave de acuerdo al artículo 74.12 del Convenio Colectivo Estatal para las Empresas de Seguridad. «La empresa le imputó que durante su turno aquel día que tenía asignado un puesto de barrera de acceso a una zona aeroportuaria restringida, había estado unos 30 minutos consultando su teléfono móvil, aunque lo tenía terminantemente prohibido, al igual que el uso de dispositivos electrónicos, «dada la alta posibilidad de error y desconcentración que lleva aparejado», y que había incumplido las obligaciones esenciales de su puesto de trabajo, al estar distraída consultándolo, en lugar de revisando los monitores de vigilancia, lo que provocó que una persona sin autorización entrara en un área reservada del aeropuerto. En concreto, «hasta la plataforma de operaciones aéreas, zona donde se encuentran las aeronaves, con la gravedad que ello conlleva»».

Si bien la trabajadora firmó como conforme la carta de sanción y la cumplió, posteriormente presentó una demanda pidiendo que se revocara la sanción alegando que:

  • no se había dado audiencia al delegado sindical,
  • no ser cierto que la incidencia se produjera por haber estado consultando su móvil, sino porque no estaban activados los funcionamiento de los sensores de la barrera de movimiento. En la demanda pedía se revocara la sanción.
CEO de ORH, plataforma de conocimiento e innovación en gestión estratégica de personas en las organizaciones creada en 2006. Es Licenciada en Periodismo y bajo la cabecera Observatorio de Recursos Humanos ha puesto en marcha proyectos como ORHIT-Observatorio RH de Innovación y Transformación, OES-Observatorio de Empresas Saludables, SFS-Empresas Saludables, Flexibles y Sostenibles e IA+Igual.

Compartir

Entradas relacionadas

SUSCRÍBETE AL BOLETÍN

Suscríbete a nuestro boletín y ejerce la libertad de aprender.

CONTACTA CON NOSOTROS

HAZ TU CONSULTA Y CONTACTAREMOS CONTIGO A LA MAYOR BREVEDAD​