El Parlamento Europeo ha aprobado este pasado jueves, 30 de abril, la Directiva sobre Transparencia Salarial que obligará a las empresas de la Unión Europea a informar de sus escalas retributivas en los anuncios de empleo o durante el proceso de selección. La norma, que deberá ahora pasar por el Consejo para su ratificación formal y transformación en ley, exigirá que esa información esté dispuesta de manera que los trabajadores puedan comparar salarios e identificar posibles diferencias en función del sexo.
La Eurocámara ha dado su visto bueno, por 427 votos a favor, 79 en contra y 76 abstenciones, a la propuesta de Directiva del propio Parlamento y del Consejo de Refuerzo de la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor.
Esta norma, que deberá ahora ser aprobada formalmente por los Estados miembros de la UE, obligará a las empresas europeas a facilitar información sobre sus bandas retributivas, tanto medias como individuales y desglosadas por sexos, para asegurar que están basadas en criterios que no hacen diferencias de sexo.
Tales criterios, además, deberán aplicarse a los mecanismos de evaluación y clasificación de empleos, a los anuncios de vacantes y a la denominación del puesto, de modo que los procesos de selección y contratación se realicen de manera no discriminatoria.
El acuerdo pone fin, igualmente, al secreto salarial: prohíbe las cláusulas contractuales que impiden todavía que los empleados revelen su salario o busquen información sobre las diferentes categorías profesionales de la empresa.
Sanciones y carga de la prueba
La Directiva, una vez que se apruebe definitivamente, exigirá a las compañías de más de 100 empleados que publiquen regularmente información sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres, y reduce esa obligación a tres años para las de menor tamaño.
En caso de que la brecha sea de, al menos, el 5 por ciento, los empleadores habrán de consensuar medidas junto con los representantes de los trabajadores. Los Estados, por su parte, habrán de fijar «sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias» para aquellos empleadores que infrinjan las normas. Y las personas que hayan sufrido daños por esa infracción podrán reclamar una indemnización.
En ese sentido, el texto explica que cuando una denuncia por discriminación retributiva llegue a los tribunales habrá de ser la empresa y no el colaborador la que deba demostrar que no se ha producido tal circunstancia.
A juicio de Samira Rafaela, eurodiputada y miembro de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, «no solo se han conseguido unas normas obligatorias para abordar la brecha salarial… sino también tener en cuenta a todos los ciudadanos de la UE y empoderarlos y protegerlos».
Por su parte, la parlamentaria danesa e integrante de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, Kira Marie Peter-Hansen, ha asegurado que «el trabajo de las mujeres ha sido infravalorado y mal remunerado. Con esta directiva damos un gran paso hacia la igualdad de retribución por un trabajo del mismo valor».
Fotografía de Vonecia Carswel en Unsplash