Principales retos de la normativa actual de teletrabajo

Susana Paredes13 julio 20204min

Según un estudio realizado por el bufete Lucas Franco Abogados, la normativa actual de trabajo es completamente insuficiente para garantizar y proteger el trabajo a distancia de los trabajadores y expone legalmente a las empresas que lo adoptan para afrontar la prevención penal y las posibles denuncias que surgirán en la nueva era después de la pandemia.

Según el estudio, apenas el 9% de las empresas tienen en su plantilla la figura del Compliance Officer, un experto legal responsable en supervisar y gestionar el cumplimiento normativo dentro de la empresa .

Analizada la normativa legal respecto al trabajo, desde Lucas Franco Abogados explican que la Directiva 90/270/CEE que rige actualmente en las empresas, establece la obligatoriedad por parte de las empresas de respetar la vida privada del trabajador. Además comienza a introducir la posibilidad de utilizar sistemas de monitorización a distancia.

Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores tampoco profundiza en la nueva realidad que impone el teletrabajo bajo la denominación de “trabajo a distancia” y contempla los siguientes factores:

a) Debe formalizarse por acuerdo expreso entre la empresa y el trabajador.

b) Se garantizan los mismos derechos laborales que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial, incluida la protección en materia de PRL.

c) El empresario deberá establecer los medios necesarios para asegurar el acceso efectivo de estos trabajadores a la formación profesional para el empleo, a fin de favorecer su promoción profesional.

Principales retos

Los retos a los que se enfrenta la empresa es establecer un protocolo y política de teletrabajo eficaz y eficiente con las atenciones siguientes:

a) Sobre el lugar de trabajo: Debe adoptar un sistema eficaz en convenio o anexo al contrato de trabajo que le permita asegurarse que el empleado cuenta con medios espaciales, no necesariamente en su propio domicilio, y técnicos suficientes y adecuados para el desempeño de sus funciones respetando en integridad los días y jornadas laborales. En cualquier caso, el equipo de PRL debe asumir una labor formativa al trabajador para garantizar que el mismo está al corriente de sus obligaciones de cuidado y atención en puesto laboral.

b) Sobre garantías de derechos del trabajador: El trabajador tendrá derecho a disfrutar de los derechos que venía disfrutando, descansos, vacaciones, afiliación al sistema de seguridad social integral, como el resto de los empleados de la compañía que desempeñen sus tareas mediante presencia física en la empresa.

c) Sobre los equipos informáticos: El sistema implantado por la empresa debe garantizar en proporcionar e instalar los medios técnicos y garantizar el mantenimiento de estos en buen estado siendo preciso un protocolo o política de seguridad informática por el que el trabajador asuma los conocimientos y obligaciones de cuidado de los equipos suministrados y el uso adecuado y responsable del acceso a internet y correo electrónico corporativo.

d) Sobre la Confidencialidad. Otro de los hitos que deben afrontar es garantizar los medios de control por los que el trabajador se compromete a guardar la máxima reserva y confidencialidad sobre las actividades laborales que desarrolle. Y evitar que se divulgue directa o indirectamente la información sensible y confidencial de la empresa.


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