
En la sección Prácticas Laborales del número 109 de la revista de Observatorio de Recursos Humanos – ORH, Patricia García, principal associate Backer & Mckenzie, nos explica que las diferentes disposiciones que la Directiva 2003/88 contiene en materia de duración máxima del trabajo y del tiempo mínimo de descanso constituyen normas de Derecho social de la Unión Europea de especial importancia, de las que debe disfrutar todo trabajador como disposición mínima necesaria para garantizar la protección de su seguridad y salud.
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