Recurso preventivo: ¿qué es y cuándo es necesario?

Redacción20 enero 20226min

 El recurso preventivo es un elemento de apoyo a la prevención de riesgos laborales en empresas en las que se realicen actividades o procesos considerados peligrosos o con riesgos especiales. Se entiende como recurso preventivo a una o varias personas designadas o asignadas por la empresa, con formación y capacidad adecuada, que disponen de los medios y recursos necesarios y son suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas que así lo requieran.

El Recurso Preventivo, recogido en la Ley 54/2003, que reforma el marco normativo en Prevención de Riesgos Laborales, y a posteriori en el Real Decreto 604/2006, surge con el fin de combatir de manera activa la siniestralidad laboral, fomentar una auténtica cultura de la prevención de riesgos laborales, reforzar la necesidad de integrar la prevención de los riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa y mejorar el control del cumplimiento de la normativa.

 El objetivo que buscamos es esclarecer las dudas que puede generar esta figura y contribuir a mejorar la seguridad y la salud de nuestras trabajadoras y trabajadores protegidos.José Luis Cebrián, Técnico de Prevención de la mutua Umivale Activa.

La mutua Umivale Activa ha preparado una guía y dos infografías que proporcionan a las empresas las 7 claves para conocer la figura del recurso preventivo:

1. ¿Qué es un recurso preventivo?

Es aquella persona o personas que con el fin de mantener la seguridad y salud de las trabajadoras y trabajadores, son las encargadas, por un lado, de verificar que las condiciones de trabajo son las adecuadas y que éstas prevalecen a lo largo del proceso productivo, y por otro, que tanto los riesgos identificados como aquellos que puedan surgir, se encuentran bajo control.

2. ¿Cuándo es necesaria su presencia?

Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales o cuando sea requerida su presencia por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

3. ¿Quién puede ser designado?

Una o varias personas trabajadoras designadas de la empresa, uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa, uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa o uno o varios trabajadores de la empresa que reúnan los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarias en las actividades a vigilar y cuenten con la formación preventiva necesaria.

4. ¿Qué formación debe tener un recurso preventivo?

Deben contar con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel básico, complementada con formación teórico y práctica específica sobre los trabajos, técnicas a desarrollar, normas, riesgos y medidas preventivas a aplicar, en las actividades a vigilar, que determinaron su presencia.

5. ¿Cuál es su principal función?

Verificar que las condiciones de trabajo son las adecuadas y que éstas prevalecen a lo largo del proceso productivo, y por otro, que tanto los riesgos identificados como aquellos que puedan surgir, se encuentran bajo control. El recurso preventivo es una medida preventiva complementaria y en ningún caso podrá ser utilizada para sustituir cualquier medida de prevención o protección que sea preceptiva.

6. ¿Cómo debe actuar si observa deficiencias?

Si, como resultado de la vigilancia, observase un deficiente cumplimiento de las actividades preventivas, llevará a cabo las indicaciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas y dará a conocer al empresario estas circunstancias para que éste adopte las medidas necesarias, si éstas no hubieran sido aún subsanadas.

7. ¿Qué responsabilidad jurídica tiene esta figura?

No se contempla responsabilidad administrativa alguna para las personas asignadas o designadas como recursos preventivos. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en los órdenes penal o civil en que puedan incurrir las personas físicas que sean asignadas o designadas como recursos preventivos, por sus acciones u omisiones siendo estas las mismas que las de cualquier otro actor en el ámbito de la PRL.

Acciones para lograr que sea una herramienta de gestión preventiva eficaz

Para conseguir la finalidad para la que se concibe el recurso preventivo es necesario identificar los riesgos y trabajos que motivan su presencia y que pueden verse agravados, que el resto de trabajadoras y trabajadores sepan quién o quienes han sido asignados como recurso preventivo y dotarles de medios así como facilitarles la información necesaria para desarrollar su papel.
La empresa también debe formarles como mínimo en las funciones de nivel básico, complementado con formación teórica y práctica específica sobre los trabajos, técnicas a desarrollar y normas. Además de elaborar unas pautas específicas de control y vigilancia, en las situaciones de concurrencia de varias empresas en un mismo centro de trabajo, donde resulte necesaria la designación de varios recursos preventivos, estos deberán colaborar entre sí y con la persona o personas encargadas de la coordinación de la actividad preventiva.

 


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