¿Se puede proteger legalmente un algoritmo?

Redacción ORH4 mayo 20163min

A medida que los algoritmos se hacen más complejos y, sobre todo, que su valor económico y peso en la economía crecen, se hace necesario encontrar mecanismos para protegerlos. La legislación actual no lo pone fácil.

algoritmo
Se hacen necesarios mecanismos que permitan proteger los algoritmos.

Cualquier buscador online usa un algoritmo que se compone de una ecuación compleja basada en multitud de variables. Por esta razón, un algoritmo tecnológico es una fórmula matemática por lo que no se puede patentar porque no se considera propiedad intelectual. A pesar de lo desprotegidos que se encuentran, su valor cada vez incrementa más y con ello se hace necesario la búsqueda de fórmulas que los protejan.

Ignacio González, asociado senior de Garrigues y experto en legislación de nuevas tecnologías, comentaba en una entrevista de Expansión, que “actualmente no existe ninguna ley de propiedad industrial o intelectual que se refiera expresamente a la protección de los algoritmos, existiendo gran inseguridad jurídica sobre su protección. Además no en todos los países se protegen de la misma manera, lo que contribuye a dificultar las estrategias de protección de las empresas”.

En Europa, la Oficina Europea de Patentes (OEP) ha denegado la mayoría de solicitudes de patentes sobre métodos basados en algoritmos, recuerda González. En cambio en EEUU «se ha observado una progresiva tendencia a la aceptación de este tipo de patentes».

En España, el software está considerado propiedad intelectual y no es necesario registrarlo. «El software no protege, sin embargo, las funcionalidades ni las ideas o principios que le sirven de base», explica González. Por otra parte, existe el riesgo de que una persona estudie el programa registrado y averigüe el método que subyace.

¿QUÉ HACEN LAS EMPRESAS?

Ante esta situación muchas compañías recurren a la protección por secreto industrial. Un algoritmo puede considerarse know-how (es decir, la clave de su ventaja competitiva), y como tal podría ampararse bajo la Ley de Competencia Desleal (por la explotación de secretos industriales o empresariales) y el Código Penal (por la apropiación o difusión indebida de secretos industriales). Por esta razón, recientemente la Comisión Europea ha presentado una propuesta de Directiva para reforzar la protección del know-how y el secreto industrial.


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