Dos derechos enfrentados. Derecho de la empresa a establecer y adoptar las medidas de vigilancia y control que estime oportunas para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales vs. derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de los empleados.
El uso de dispositivos electrónicos ha dado lugar a este choque que ha sido llevado en diferentes ocasiones a los tribunales. La jurisprudencia deja clara cómo ha de proceder la empresa y qué deben esperar los empleados respecto a la utilización y fines de los dispositivos informáticos y su posible control.
Pere Vidal, profesor colaborador Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y abogado asociado PwC Tax & Legal Services, S.L., explica en el número 110 de la revista impresa de Observatorio de Recursos Humanos el caso Barbulescu, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del control de las herramientas informáticas y de la intimidad y el secreto de las comunicaciones. Lee el artículo completo en este enlace.