Cuando te casas, El Estatuto de los Trabajadores ley establece que te corresponden 15 días naturales de permiso retribuido. Lo que no sabes es cuándo es el motivo de disfrute, el cómputo de servicio, qué ocurre cuando son segundas nupcias o si el tipo de matrimonio y las uniones de hecho afectan al número de días.
Antonio Pedrajas Quiles, Socio Abdón Pedrajas & Molero y Profesor de Derecho del Trabajo en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF), desvela todas esas cuestiones en su artículo «Cuestiones prácticas acerca del permiso por matrimonio» en el número 117 de la revista de ORH – Observatorio de Recursos Humanos.
Para leer el artículo en su totalidad, pinche en este enlace.