Por Maite Sáenz, directora de ORH.- Los Juzgados de lo Social están llenos de pleitos indefendibles por incomparecencia del más mínimo raciocinio. Un ejemplo de ello increíble pero cierto: Una trabajadora se harta de que sus compañeros beban de su botella de agua y le pone lejía para que, el que sea que haya cogido esa costumbre, escarmiente.
Obviamente la empresa la despide y obviamente ella reclama. Por supuesto que tiene derecho a hacerlo pero, ¡por Dios! ¿con qué alegaciones, con qué justificación? Pues hasta el TSJPV llegó defendiendo lo indefendible, restando tiempo y recursos para otros litigios y sumiendo a la empresa en la incertidumbre del “¿y si lo consigue?”. Porque otra cosa no, pero la indefensión rara vez afecta al empleado.
En sus recursos ella hablaba de que no hubo gravedad ni culpabilidad suficiente en su conducta porque su intención no era intoxicar a nadie. Entonces, ¿por qué eligió la lejía en vez del aceite de ricino? También alegó que ningún compañero sufrió lesión alguna. A ver, ¿la suerte se puso del lado de ella o del compañero? Incluso argumentó que era su primera conducta sancionable, como si la cantidad de las faltas primara sobre la gravedad de los hechos. El colofón fue que se le había acabado la paciencia; la última gota como espita para la venganza sin medida.
Al igual que los juristas hablan de proporcionalidad de las sentencias y penas, se impone y con urgencia devolver el sentido de la proporcionalidad a las decisiones y a los actos en relación a sus consecuencias. Y no me refiero a la proporcionalidad inversa, que es la que parece que entendió la protagonista de nuestra historia, verídica por cierto, al pensar que sus decisiones no tendrían consecuencias. La realidad es que las tienen siempre y no siempre para bien. Por eso hablo de la proporcionalidad directa y de lógica aplastante de nuestra responsabilidad en ella. Hecho el daño no valen los llantos, sobre todo ante un tribunal.
En materia laboral abunda la ausencia de este concepto y reina la estupidez sobrerrepresentada, cuando no malintencionada. Una muestra más de la deriva de los derechos mal entendidos, peor ejercitados e incomprensiblemente defendidos.
Nota: Muchas gracias Estela Martín, abogada y Dircom de SincroGo, por inspirarme con tu tweet ;).