Las medidas del gobierno para incentivar el emprendimiento y el empleo joven

Maite Sáenz26 febrero 20137min

 

El Gobierno aprueba en el consejo de ministros el real decreto ley para el emprendimiento y la promoción del empleo para jóvenes menores de 30 años.  La norma aprobada forma parte de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, fruto de un proceso de diálogo del que han formado parte representantes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de la CEOE y CEPYME y de los sindicatos UGT y CCOO.

empredimiento_gobierno_grEsta estrategia pretende incentivar el empleo juvenil y el personaje del emprendedor dando distintas facilidades tanto al empleador como al mismo emprendedor. El espectro de contemplado en la norma es el de los jóvenes menores de 30 años, los mayores de 45 años y las personas con riesgo de exclusión social. Aún así no hay que obviar que una amplia franja de la sociedad se queda sin cubrir dentro de las medidas aprobadas para la creación de empleo (desempleados de 30 a 45 años).

Ventajas para emprendedores menores de 30 años y autónomos con discapacidad

Tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social:

  • Para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien un nuevo negocio durante los primeros 6 meses. Durante los 6 meses siguientes, se aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50%, tras los cuales, y durante los 18 meses siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%.
  • Para motivar a las personas con discapacidad a emprender, estos tendrán una aplicación de la tarifa plana de 50 euros durante los 12 primeros meses de cotización. Los 4 años siguientes se les aplicará una bonificación de un 50% de la cuota.

Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia:

  • A los menores de 30 años se les permitirá durante un máximo de 9 meses la percepción de la prestación de desempleo conjuntamente a una situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Ampliación de la capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora:

  • Los menores de 30 años que perciban la prestación de desempleo podrán capitalizar el 100% de su prestación para destinarlo al capital social de una sociedad mercantil mientras establezca un vínculo profesional o laboral de carácter indefinido. También podrán usarlo para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad

Reanudación del cobro de la prestación de desempleo si se cesa la actividad autónoma:

  • Si un desempleado decide iniciar una actividad por cuenta propia y en el plazo de 5 años causa baja, podrá reanudar el cobro de la prestación a la que tenía derecho.

Ventajas para la contratación de jóvenes menores de 30 años y mayores de 45 años

Reducción de la cuota de la seguridad social para la contratación de menores de 30 años:

  • Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto,  para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa que provengan de un sector con desempleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.
  • Las  empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando contraten de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años (Por el primer contrato que realicen tras la entrada en vigor de la norma).
  • Para el contrato en prácticas de los jóvenes que hayan terminado su formación se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.

Bonificaciones por la contratación de menores de 30 años sin experiencia profesional:

  • Se incluye una modificación del actual contrato eventual para contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido de 500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres.

 Reducción de la cuota de la seguridad social por la contratación de mayores de 45 años:

  • También se incentivará la contratación de personas mayores de 45 años que sean desempleados de larga duración con experiencia  que aportar a la empresa por parte de los autónomos menores de 30 años. El incentivo será una reducción del 100% de la cuota a la seguridad social durante el primer año de contrato.

Otras ventajas de índole social

  • Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la incorporación de menores de 30 años a las cooperativas y a las sociedades laborales en calidad de socios trabajadores
  • Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la contratación de desempleados jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción.

 

 


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