Actualmente, en nuestro entorno global, son cada vez más frecuentes los movimientos transnacionales de trabajadores. Las conocidas “expatriaciones”/“desplazamientos” plantean diversos interrogantes, sin que muchas veces se pueda dar una respuesta generalizada contundente, habiendo de analizar caso por caso. A ello, tampoco ayuda nuestro marco normativo laboral básico, el Estatuto de los Trabajadores. Éste, a pesar de haber sido recientemente modificado, parece continuar circunscrito al territorio nacional cuando regula en su artículo 40 la movilidad geográfica. Pese a ello, intentamos, a continuación, dar una respuesta a los interrogantes más frecuentes en los casos de expatriación.
Aurora Sanz, Socia del departamento laboral de Baker & McKenzie.
Un comentario
admin
29 abril 2013 at 09:44
Buenos días Eugenio, a nosotros el link nos ha funcionado, no obstante si tienes problemas te lo vuelvo a adjuntar aquí para que lo puedas leer: http://orh.observatoriorh.com/publication/fe517fdb/?p=28.
Copia el enlace directamente en la barra, a ver si funciona. Esperamos que puedas leerlo y que el artículo cumpla tus expectativas, muchas gracias por seguirnos 🙂
Comentarios cerrados