Luz verde del Consejo de Ministros a la cuota de solidaridad en 2025

  01/04/2024
  3 min.
Por José Ángel López Palomo, Jefe Corporativo de Compensación y Beneficios de Grupo OHLA.- El pasado 26 de marzo el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se modifican el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RD 1415/2004) y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social (RD 2064/1995), en el que, entre otras medidas, incorpora el desarrollo reglamentario para aplicar, a partir de 2025, la cuota adicional de solidaridad para aquellas retribuciones que estén por encima de la base máxima de cotización (actualmente, 56.646 euros anuales).

 

Si bien habrá que esperar a que se publique en el BOE dicho Real Decreto, a partir de 2025 se aplicarán los siguientes porcentajes:

  • El 0,92% por ciento a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10 por ciento.
  • El 1% por ciento a la parte de retribución comprendida entre el 10 por ciento superior a la base máxima de cotización y el 50 por ciento.
  • El 1,17% por ciento a la parte de retribución que supere el 50 por ciento adicional de la base máxima.

La distribución del tipo de cotización de solidaridad entre la empresa y trabajador mantendrá la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes, esto es, un 83,39% será a cargo de la empresa y un 16,61% será a cargo del trabajador.

La aplicación de la cuota adicional de solidaridad a partir de 2025 supondrá un incremento considerable de los costes salariales de las compañías por cotizaciones sociales en los próximos años, y también mayores deducciones sociales para las personas trabajadoras, que van a impactar directamente en la gestión de la compensación y las políticas retributivas de las empresas, pues su afectación va más allá de las retribuciones fijas y alcanzará también a los pagos por retribuciones variables y en especie.

 

Estaría bien que, para compensar estas mayores deducciones por cotizaciones sociales a que van a tener que hacer frente las personas trabajadoras a partir de 2025, el Gobierno se plantee también revisar los importes de las exenciones fiscales de que gozan hoy determinados productos o servicios en especie que las empresas entregan voluntariamente a las personas trabajadoras o les ofrecen en el marco de los planes de retribución flexible.

 

Véase, por ejemplo, los gastos de comida, los seguros de salud o los valores de mercado aplicables a las reducciones fiscales de los rendimientos de trabajo en especie derivados de la cesión de uso de vehículos considerados eficientes energéticamente, que han quedado desactualizados y no se ajustan a la realidad del coste actual que tienen estos productos o servicios en especie con la escalada de la inflación y los precios que hemos vivido en los últimos años.

 

 

 

 

 

CEO de ORH, plataforma de conocimiento e innovación en gestión estratégica de personas en las organizaciones creada en 2006. Es Licenciada en Periodismo y bajo la cabecera Observatorio de Recursos Humanos ha puesto en marcha proyectos como ORHIT-Observatorio RH de Innovación y Transformación, OES-Observatorio de Empresas Saludables, SFS-Empresas Saludables, Flexibles y Sostenibles e IA+Igual.

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