
El acuerdo incorpora las siguientes novedades:
Medidas de conciliación:
• Se incorpora una nueva medida que facilita la reincorporación paulatina tras una enfermedad grave (procesos oncológicos, infartos e ictus) porque establece una reducción del 50% de la jornada diaria sin reducir el salario durante un mes.
• Si el descanso por nacimiento de hijo se disfruta de forma ininterrumpida, se dispondrá de una reducción del 50% de la jornada diaria sin reducir el salario en el mes inmediatamente posterior al disfrute de ese permiso.
• Para calcular el sistema de previsión social no se tendrán en cuenta los períodos de excedencia para cuidado de hijos o familiares durante el tiempo de derecho de reserva de su puesto de trabajo, que es de un año.
Medidas de conciliación para víctimas de violencia de género:
• Se incrementa de 1 a 3 meses la reducción de jornada de hasta el 50% sin reducción de salario tras la declaración de la condición de víctima de violencia de género.
• Se amplía de 6 a 12 meses la reserva de puesto de trabajo ante el traslado o cambio de centro de trabajo como consecuencia de la declaración de víctima de violencia de género. También se amplían de 3 a 5 días laborables los días de permiso retribuido para el traslado.
• Se establece una bolsa de 16 horas anuales no recuperables para realizar los trámites administrativos o judiciales necesarios por la condición de víctima de violencia de género.
• Si hubiese que extinguir el contrato como consecuencia de la condición de víctima de violencia de género, se mantendrían durante un año las condiciones del seguro de salud para la persona víctima de violencia de género y sus hijos.
Retribución
• Se equiparán los derechos de las familias monoparentales -uno o más hijos y un solo progenitor reconocido legalmente- a los derechos reconocidos a las familias numerosas en el Convenio MAPFRE Grupo Asegurador.