Los accidentes laborales con baja han descendido un 57% con la Ley de PRL

Redacción25 agosto 20175min
Asprecat, Asociación Catalana de Entidades Preventivas Acreditadas ha  llevado a cabo un estudio sobre la evolución de la siniestralidad laboral en España desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Según este I Estudio de Siniestralidad Laboral, el Índice de Incidencia de Accidentes Laborales con Baja ha descendido un 57%.
Este descenso varía considerablemente en función del tamaño de las empresas. De este modo, mientras que en empresas de entre 11 a 25 trabajadores el descenso es del 58% en empresas de más de 250 trabajadores el descenso es de un 35%.
Por otro lado, la nueva clasificación de accidentes, iniciada en el 2005 por el Ministerio de Empleo y Seguridad, permite hacer una lectura más precisa sobre las causas de los mismos.
De este modo, los accidentes mortales debidos a accidentes de circulación son los que mayor descenso han experimentado con un 65% de reducción, seguido de los accidentes mortales que tienen origen en “otras causas” y  que son los denominados prevencionables (accidentes potencialmente previsibles y sobre los que actúan específicamente las entidades preventivas) que han disminuido un 53%.
Los accidentes mortales debidos a causas naturales (infartos coronarios, accidentes cerebro-vasculares, etc.)  también han disminuido pero menos, un 17% pudiendo decir que su volumen ha sido estable en el tiempo. En cualquier caso, el estudio pone de manifiesto que en todas las modalidades preventivas se ha producido una disminución desde la entrada en vigor de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Además, tomando como referencia los últimos datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el 2016 casi la mitad de las muertes laborales (un 46%) se han debido a causas naturales.Desde el 2013 existe un repunte de la siniestralidad pero no se trata de un repunte generalizado sino relacionado con el aumento de la temporalidad de los contratos laborales. El incremento del índice de incidencia en los trabajadores con contrato temporal es de algo más de un 24% mientras que entre trabajadores contratados a tiempo definido es de un 3,58%.
«De los datos expuestos en el estudio debemos concluir que, aun siendo mejorable la situación de la siniestralidad, no podemos obviar ni olvidar que la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en vigor ha propiciado una considerable reducción de la siniestralidad laboral. En el caso de los accidentes mortales nos encontramos que casi la mitad de los casos se deben a las llamadas “Enfermedades no laborales”, razón por la que creemos que quizás sea el momento de focalizar esfuerzo en cambiar dicho dato. Y, en cuanto a la temporalidad de los contratos, se evidencia una desviación de tendencia a corregir y por tanto, a revisar posibles acciones de cambio», explica Eva Triadú, Presidenta de Asprecat.
Propuestas desde Asprecat para la Mejora de la Seguridad y Salud en el Trabajo
• Propuestas relativas a los datos que se publican:
1. Unificar un criterio único a la hora de publicar datos oficiales, dado que a menudo  algunos datos  se dan en valores absolutos y otros se dan los índices de incidencia, pero no ambos tipos de variables a la vez sobre los mismos datos.
2. Publicar los datos oficiales de siniestralidad y afiliación sin tratamiento estadístico para facilitar este tipo de estudio y cruce de datos.
3. Ampliar los datos de siniestralidad que se publican, incluyendo datos como la siniestralidad de trabajadores por modalidad de organización preventiva.
• Propuestas relativas a la mejora de las comunicaciones:
1. Que en los trámites de contratación y afiliación de nuevos trabajadores se incluyan avisos sobre la necesidad de adecuación de la situación preventiva de dicho trabajador.
2. Que en las comunicaciones de accidentes de trabajo realizadas mediante las plataformas oficiales destinadas a dicha comunicación, al igual que se reporta una comunicación a la mutua y ésta vía correo electrónico reporta al gestor asociado a la empresa, también se dirija una comunicación a la dirección de correo electrónico que se informe de la modalidad preventiva.

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